Es improcedente el despido de la empleada que atendía consultas privadas durante su baja médica
La trabajadora concertaba sesiones tanto en su propia vivienda como en el domicilio de sus pacientes
(Foto: Shutterstock)
Es improcedente el despido de la empleada que atendía consultas privadas durante su baja médica
La trabajadora concertaba sesiones tanto en su propia vivienda como en el domicilio de sus pacientes
(Foto: Shutterstock)
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha calificado de improcedente el despido de una trabajadora que atendía consultas privadas como autónoma mientras se encontraba de baja laboral por situación de Incapacidad Temporal.
La empresa contrató a una agencia de detectives privados para que investigara si la trabajadora realizaba trabajos como logopeda durante su baja por enfermedad
La sentencia, de 4 de febrero de 2022, subraya que no se ha probado que la pluriactividad desarrollada por la empleada interfiriese en su proceso de curación.
Ponemos en contexto
La empleada trabajaba como logopeda en una compañía que prestaba sus servicios a la Consejería de Bienestar de Cuenca.
Desde mediados de 2020, la trabajadora se encontraba de baja por situación de IT, derivada de enfermedad común, con diagnóstico de “estrés postraumático”.
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