Es legítimo el disfrute de vacaciones en días diferentes a los pactados en convenio
Es legítimo el disfrute de vacaciones en días diferentes a los pactados en convenio
Audiencia Nacional. Sala Penal – 27/03/2015
La Sala declara que si los trabajadores, a quienes la empresa impuso fechas de disfrute alternativo de las vacaciones, al ser imposible su fijación en los períodos pactados, estaban en desacuerdo con dichas fechas, nada les impidió impugnar dicha medida, de conformidad con lo dispuesto en el art. 38.2 ET , en relación con los arts. 125 y 126 LRJS , de manera que no se ha producido ningún tipo de indefensión, por lo que se impone la total desestimación de la demanda.
Destacar finalmente que, aunque en algunos casos no se haya cumplido el plazo de preaviso de 2 meses, debido también a la fecha de firma del convenio y la inmediatez de fechas pactadas, se trataría de una infracción, que podrá canalizarse mediante las denuncias administrativas que procedan, pero no justifica, en modo alguno la estimación de cualquiera de las pretensiones de la demanda.
Puede leer el texto completo de la Sentencia en www.ksp.es Marginal: 69338423