Es necesario probar el temor de ser perseguido para solicitar el asilo
Es necesario probar el temor de ser perseguido para solicitar el asilo
En el caso presentado, se interpone un recurso contra la denegación de una petición de asilo. El recurrente había solicitado protección internacional después de haberse ejecutado su orden de devolución tras haber estado con carácter de ‘indocumentado’ en un centro de Internamiento de Extranjeros del País Vasco. El relato descrito por el mismo para solicitar asilo no queda probado.
La Sala señala que para tener condición de refugiado ha de cumplirse una serie de causas conforme a la Convención de Ginebra (1951): «existencia de fundados temores de ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas en su país de origen.»
Además, la Sala señala que dicha solicitud se hizo «como medio de evitar su expulsión de territorio español ante una estancia irregular».
Puede leer el texto completo de la sentencia https://www.economistjurist.es/home/ Marginal: 70914917