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Jurisprudencia

Es nulo despedir a un trabajador tras conocerse que iba a ser padre

La empresa deberá indemnizar al empleado con 6.251 euros, por la vulneración de la garantía de indemnidad

(Foto: Pixabay)

Javier Izaguirre Fernández

Redactor de Economist & Jurist.




Tiempo de lectura: 3 min



Jurisprudencia

Es nulo despedir a un trabajador tras conocerse que iba a ser padre

La empresa deberá indemnizar al empleado con 6.251 euros, por la vulneración de la garantía de indemnidad

(Foto: Pixabay)



La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha declarado la nulidad del despido de un trabajador que, tres meses después de comunicar a su empresa que iba a ser padre, fue apartado de sus funciones por motivos disciplinarios.

El 13 de octubre de 2020 anunció que iba a ser padre y el 26 de enero de 2021 la empresa le comunicó su despido disciplinario



La sentencia, de 7 de febrero de 2022, anuncia que el “escaso de tiempo transcurrido” entre la comunicación del trabajador en la que revelaba la fecha prevista para que naciese su hijo y el despido disciplinario “permite afirmar la existencia de un indicio de discriminación por vulneración del derecho a la igualdad”.



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