Existe concurrencia de culpas en un atropello de patinete eléctrico: 75% al conductor y 25% al peatón
La Audiencia Provincial de Valencia califica la deambulación de una peatona de desatenta y falla que no puede excluir su responsabilidad en el accidente
(Imagen: E&J)
Existe concurrencia de culpas en un atropello de patinete eléctrico: 75% al conductor y 25% al peatón
La Audiencia Provincial de Valencia califica la deambulación de una peatona de desatenta y falla que no puede excluir su responsabilidad en el accidente
(Imagen: E&J)
La Audiencia Provincial de Valencia dicta sentencia fallando que en un accidente entre un peatón y un conductor de patinete eléctrico, existe concurrencias de culpas que debe ser distribuida en un 75% al conductor y un 25% a la víctima.
El fallo judicial afirma que, el conductor tiene mayor porcentaje de responsabilidad porque es el que circula por la calzada con un vehículo sin adoptar las precauciones necesarias, como es la apreciación de que hay peatones paseando. La Sala considera que, con independencia de que el cruce el peatón suceda por un paso de cebra o por otro lugar diferente del mismo, ello no excluye que el conductor no tenga responsabilidad extracontractual.
No obstante, en menor medida, el peatón también tiene que asumir parte de responsabilidad en el accidente, en concreto un 25%, puesto que contribuye a la producción del accidente cuando no adopta las medidas precautorias necesarias al andar y cruzar la calzada. La Audiencia Provincial Valenciana afirma que si el peatón mirase a ambos lados de la vía, podría apreciar la presencia del patinete.
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