Extinguida pensión de alimentos a favor de hijo mayor de edad por no estudiar ni trabajar
Fachada del Tribunal Supremo. (Foto: Economist & Jurist)
Extinguida pensión de alimentos a favor de hijo mayor de edad por no estudiar ni trabajar
Fachada del Tribunal Supremo. (Foto: Economist & Jurist)
En el presente caso, el Alto Tribunal ha establecido que resulta de aplicación lo dispuesto en el art. 152.5 CC respecto a la extinción de la pensión de alimentos cuando el alimentista descendiente del obligado a dar alimentos genere la necesidad de estos por su mala conducta o falta de aplicación al trabajo.
Según los hechos probados, el hijo finaliza los estudios de la ESO con 20 años de edad, cuando normalmente se finalizan con 15 años. En los años sucesivos han existido dos en los que no se ha matriculado en nada y al iniciarse este procedimiento se matricula en estudios de Formación Profesional, que consta de dos cursos lectivos.
Por ello, el Tribunal considera que la no culminación de estudios es por causa imputable a su propia actitud, dado el escaso aprovechamiento manifestado de forma continuada, pues no se trata de una crisis académica coyuntural derivada del divorcio de los padres.
Puede leer el texto completo de la sentencia en www.casosreales.com Marginal: 70391820