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Jurisprudencia

Infringido el derecho de asociación por denegar la votación de un grupo de socios en asamblea general

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Infringido el derecho de asociación por denegar la votación de un grupo de socios en asamblea general



En el presente caso, el reconocimiento de la condición de socios de los demandantes desde el 30 de junio de 2011, fecha en que se firmó la escritura pública de fusión por absorción entre dos asociaciones, debió llevar consigo la anulación de aquellos acuerdos adoptados en las asambleas de la asociación demandada con posterioridad a esa fecha en las que no se les permitió participar, de hecho ni si quiera se les convocó, y la anulación de la elección del presidente de la asociación celebrada tras esa fecha en la que tampoco se les permitió participar.

Así pues, el Alto Tribunal considera que la denegación a los demandantes de su derecho de participar y votar en las asambleas generales de la asociación y de participar en la elección del presidente constituye una infracción de la ley orgánica. En concreto, del art. 21.a de la Ley Orgánica del Derecho de Asociación que establece el derecho de los socios a participar en las actividades de la asociación y en los órganos de gobierno y representación, a ejercer el derecho de voto y a asistir a la Asamblea General. Por tal razón no es aplicable el plazo de caducidad previsto para cuando la impugnación se basa en la contrariedad con los estatutos asociativos.



En cualquier caso, se concluye que esto no afectará a los derechos adquiridos por terceros de buena fe a consecuencia de los acuerdos impugnados o de los negocios jurídicos celebrados con quien aparecía como presidente de la asociación. En consecuencia, la denegación a los demandantes de su derecho de participar y votar en las asambleas generales de la asociación y de participar en la elección del presidente constituye una infracción de la referida ley orgánica, por tal razón no es aplicable el plazo de caducidad de cuarenta días previsto para cuando la impugnación se basa en la contrariedad con los estatutos asociativos.

 

Puede leer el texto completo de la sentencia en www.casosreales.com Marginal: 70378159



 

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