Juzgado anula una liquidación de la plusvalía municipal aplicando el nuevo criterio del Constitucional
La sentencia, de 25 de noviembre de 2021, exime al ciudadano de abonar 660,51 euros al Ayuntamiento de Sanxenxo
(Foto: Pixabay)
Juzgado anula una liquidación de la plusvalía municipal aplicando el nuevo criterio del Constitucional
La sentencia, de 25 de noviembre de 2021, exime al ciudadano de abonar 660,51 euros al Ayuntamiento de Sanxenxo
(Foto: Pixabay)
Aplicando el nuevo criterio marcado por el Tribunal Constitucional, un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pontevedra ha declarado la nulidad de una liquidación del impuesto de plusvalía por importe de 660,51 euros, originada por la transmisión de un inmueble en mayo de 2013.
En opinión del Juzgador, los efectos del fallo del máximo tribunal de garantías de nuestro país del pasado 26 de octubre sobre el tributo, son “claros e indubitados”.
Esta sentencia se une a la dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 11 de Madrid el pasado 10 de noviembre de 2021, comentada también en este mismo foro.
Posiciones de las partes
En su escrito de demanda, el recurrente anuncia que, mediante escritura pública de compraventa otorgada en octubre de 2005, adquirió una sociedad limitada aportado como ampliación de capital el pleno de dominio de un inmueble que tenía un valor de 90.000 euros.
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