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Jurisprudencia

Juzgado de Oviedo, primero en considerar a un perro como “ser sintiente” para no separarlo de su cuidadora

La magistrada se apoya en la reforma del Código Civil que entró en vigor el pasado 5 de enero

(Foto: E&J)

María Fernández Abanades

Redactora de E&J




Tiempo de lectura: 3 min



Jurisprudencia

Juzgado de Oviedo, primero en considerar a un perro como “ser sintiente” para no separarlo de su cuidadora

La magistrada se apoya en la reforma del Código Civil que entró en vigor el pasado 5 de enero

(Foto: E&J)



El Juzgado de Primera Instancia nº11 de Oviedo ha dictado un auto pionero respecto a los derechos de los animales. La resolución se basa en la reforma del Código Civil operada por la Ley 17/21, que entró en vigor el pasado 5 de enero y que considera a los animales seres vivos dotados de sensibilidad. Atendiendo a la nueva legislación, todas las decisiones que afecten a un animal deben asegurar su bienestar conforme a las características de cada especie. Partiendo de esta premisa, la magistrada evita que un perro se separe de la mujer que fue su cuidadora durante los últimos cuatro años, aduciendo que la separación generaría un sufrimiento innecesario al animal.

Sin perro y sin amiga

La oposición a la ejecución que se resuelve con este auto dimana de una disputa entre dos conocidos, iniciada hace cuatro años. El dueño del perro le pidió a una amiga que se lo cuidase, pues se mudaba fuera de España. Dos años después el propietario regresó y le solicitó a su amiga que le devolviese el animal, a lo que ella se negó por haberse encariñado con él.



El asunto se resolvió primero por la vía penal: el dueño del perro adujo que se trataba de un delito de apropiación indebida, tipificada en el artículo 253. El orden penal no contempló la existencia de delito, por lo que el propietario abrió la vía civil, reclamando una acción reivindicatoria, la fórmula habitual que se emplea cuando un propietario quiere recuperar algo que es suyo.

Palacio de la Justicia de Asturias (Foto: Google)

El caso se resolvió a finales del año pasado, de forma favorable para el propietario, en un fallo contra el que la mujer ya ha interpuesto recurso ante la Audiencia Provincial de Oviedo. Al no tratarse de una sentencia firme, el hombre solicitó un auto de ejecución, es decir, la aplicación provisional de la sentencia hasta que el asunto se resuelva en segunda instancia. Nuevamente, el juez le dio la razón. Sin embargo, la mujer se opuso a esta ejecución, de ahí el auto del Juzgado nº 11, que resuelve sobre dicha oposición.



El razonamiento del auto

La magistrada señala que “no estamos ante la entrega de una cosa sino de un animal”. El hombre no ha tenido contacto con el perro desde hace casi tres años, mientras que la mujer «ha cuidado de él con la máxima diligencia posible, alimentándolo y dándole los cuidados que necesitaba». Incluso ha asumido el coste de los diferentes tratamientos y consultas veterinarias que el animal ha necesitado. Además, en referencia al propietario del perro, señala que “hubo una falta de responsabilidad hacia las necesidades básicas del animal” por parte de este.

Según certifica la clínica veterinaria que atiende al animal, “hay unos importantes lazos de afectividad entre animal y cuidadora y un cambio del ambiente y núcleo familiar le puede ocasionar sufrimientos evitables”.

La magistrada señala que “no estamos ante la entrega de una cosa sino de un animal” (Foto: E&J)

Por todo ello, el auto determina que, en tanto no se decida definitivamente la titularidad dominical del perro por medio de sentencia firme, el bienestar del animal aconseja no establecer cambios en su situación actual.

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