La AP de Cantabria ya resuelve a la luz de la nueva Ley de apoyo a personas con discapacidad
No cabe con la nueva Ley ni la constitución de la patria potestad prorrogada o rehabilitada ni la privación plena de la facultad de otorgar testamento
Palacio de Justicia de Cantabria. (Foto: Nacho Cubero)
La AP de Cantabria ya resuelve a la luz de la nueva Ley de apoyo a personas con discapacidad
No cabe con la nueva Ley ni la constitución de la patria potestad prorrogada o rehabilitada ni la privación plena de la facultad de otorgar testamento
Palacio de Justicia de Cantabria. (Foto: Nacho Cubero)
La Audiencia Provincial de Cantabria ha aplicado, en una reciente sentencia dictada a finales del mes de septiembre, la Ley 8/2021, de 2 de junio, que reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.
La Sala, auxiliándose del régimen transitorio de la Ley, considera obligado adecuar el régimen de apoyos preciso para que el interesado pueda ejercitar plenamente su capacidad jurídica a la luz de la nueva legislación. Así, su juicio, el apoyo determinado en la sentencia de primera instancia (patria potestad rehabilitada) no puede subsistir y acuerda establecer la institución de la curatela.
Antecedentes
El Ministerio Fiscal presentó demanda promoviendo la determinación de la capacidad jurídica, medios de apoyo y salvaguardas adecuados y efectivos para Silvio.
En diciembre de 2020, el Juzgado de Primera Instancia n.º 11 de Santander declaró la discapacidad plena de Silvio para regir su persona y bienes y para otorgar testamento, y acordó la rehabilitación de la patria potestad para que fuera ejercida por su madre.
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