La comisión de apertura es válida, salvo que incurra en desproporción o solapamiento, sentencia el TJUE
El abogado José María Erausquin afirma que esta sentencia invalida la última doctrina del Supremo

(Imagen: TJUE)
La comisión de apertura es válida, salvo que incurra en desproporción o solapamiento, sentencia el TJUE
El abogado José María Erausquin afirma que esta sentencia invalida la última doctrina del Supremo

(Imagen: TJUE)
La comisión de apertura per se es válida, basta con que se establezca un porcentaje, si bien hay dos excepciones: que incurra en desproporción manifiesta o solapamiento. Así lo ha dictaminado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en una sentencia dictada hoy, disponible en el botón ‘Descargar resolución’.
En la resolución responde a una cuestión prejudicial elevada por el Juzgado de Primera Instancia número 8 de Donostia-San Sebastián (País Vasco) sobre cláusulas abusivas (asunto C-699/23), en el marco de un litigio entre un consumidor y Caja Rural de Navarra. Un caso que han llevado los abogados José María Erausquin y Maite Ortiz.
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