La comunidad de propietarios no puede imponer el nudismo para acceder a la piscina
Los demandados contrataron a un vigilante de seguridad para que impidiese el paso a los vecinos que querían acceder a la piscina con bañador
(Foto: Archivo)
La comunidad de propietarios no puede imponer el nudismo para acceder a la piscina
Los demandados contrataron a un vigilante de seguridad para que impidiese el paso a los vecinos que querían acceder a la piscina con bañador
(Foto: Archivo)
La Sala Primera del Tribunal Supremo ha estimado los recursos interpuestos por unos propietarios de unos apartamentos de uso vacacional ubicados en una urbanización almeriense en la que una comunidad de vecinos había impuesto la práctica nudista para hacer uso de los espacios comunes.
La sentencia, de 13 de febrero de 2023, subraya que no cabe impedir a los comuneros el disfrute de los derechos que les corresponden en el régimen de propiedad horizontal sobre elementos comunes si no practican el nudismo.
El caso
Según explican los actores en su escrito de demanda, los demandados pretendían imponer, de forma obstinada y a veces violenta, la práctica del nudismo a todos los vecinos de la urbanización, de manera que quienes no lo practicasen no pueden hacer uso de los espacios comunes de la finca y, singularmente, de sus piscinas.
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