La concurrencia de multirreincidencia no conlleva automáticamente el comiso del vehículo
El Tribunal Supremo dictamina que esta medida debe imponerse teniendo en cuenta cada caso particular

(Imagen: E&J)
La concurrencia de multirreincidencia no conlleva automáticamente el comiso del vehículo
El Tribunal Supremo dictamina que esta medida debe imponerse teniendo en cuenta cada caso particular

(Imagen: E&J)
El comiso del vehículo de un conductor reincidente es una medida excepcional que debe de imponerse teniendo en cuenta cada caso particular, sin que la incautación sea una consecuencia automática de multirreincidencia.
Así lo ha dictaminado el Tribunal Supremo en una reciente sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’) en la que, en contra de lo que sostenía el Ministerio Fiscal, la Sala de lo Penal considera que no está justificado determinar el comiso de un vehículo que conduce un condenado por delitos de seguridad vial por el simple hecho de que exista la circunstancia de multirreincidencia.
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