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Jurisprudencia

La deuda del préstamo hipotecario está divida en partes iguales, aun cuando los deudores ostenten una participación desigual

El Tribunal Supremo condena a una mujer a abonar a su exmarido la cantidad de 33.448 euros en concepto de las cuotas del préstamo hipotecario

(Foto: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 5 min



Jurisprudencia

La deuda del préstamo hipotecario está divida en partes iguales, aun cuando los deudores ostenten una participación desigual

El Tribunal Supremo condena a una mujer a abonar a su exmarido la cantidad de 33.448 euros en concepto de las cuotas del préstamo hipotecario

(Foto: E&J)



El Tribunal Supremo ha dictado recientemente sentencia fallando que, cuando una vivienda es adquirida por una titularidad desigual, por ejemplo, dos tercios para uno de los cónyuges y un tercio para el otro, las mensualidades de la hipoteca debe ser abonado a partes iguales, es decir, por mitades.

El Alto Tribunal razona que es necesario distinguir entre el aspecto externo de la solidaridad pasiva del aspecto interno, en el cual, en este segundo se considera, salvo pacto en contario, que la deuda está divida por partes iguales entre deudores.



“Esta presunción de división por partes iguales de la deuda no se altera, en principio, por el solo hecho de que su origen se encuentre en un préstamo asegurado con una garantía hipotecaria que recaiga sobre un bien sobre el que los deudores ostenten una participación desigual”, ha dictado la Sala.

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