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Jurisprudencia

La empresa no puede abrir y vaciar la taquilla del trabajador que está de baja

La mercantil demandada deberá indemnizar con 1.500 euros a una empleada por vulnerar su derecho a la intimidad

(Foto: Pexels)

Javier Izaguirre Fernández

Redactor de Economist & Jurist.




Tiempo de lectura: 2 min



Jurisprudencia

La empresa no puede abrir y vaciar la taquilla del trabajador que está de baja

La mercantil demandada deberá indemnizar con 1.500 euros a una empleada por vulnerar su derecho a la intimidad

(Foto: Pexels)



La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha confirmado la sentencia que condenaba a una empresa a indemnizar con 1.500 euros a una trabajadora que, estando de baja médica, se enteró que la compañía había abierto y vaciado su taquilla para facilitársela a una nueva empleada.

La sentencia, de 8 de marzo de 2022, anuncia que la mercantil demandada vulneró el derecho fundamental a la intimidad de la trabajadora.



Hechos

La trabajadora venía prestando sus servicios para una empresa gallega dedicada al transporte sanitario desde noviembre de 2018.

Encontrándose la empleada en situación de incapacidad temporal (desde mayo de 2019), la empresa decidió en marzo de 2021 abrir y vaciar la taquilla de la mujer, sin su consentimiento ni presencia, para que otra trabajadora que fue contratada en esa misma fecha guardase allí sus pertenencias.

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