La falta de registro de la acreditación requerida motiva erróneamente la sentencia de instancia, debiendo retrotraerse las actuaciones
La falta de registro de la acreditación requerida motiva erróneamente la sentencia de instancia, debiendo retrotraerse las actuaciones
Tribunal Supremo. Contencioso – Administrativo. 02/06/2015
Se declara que ha lugar al recurso de casación interpuesto contra sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, de inadmisión de recurso contencioso administrativo.
La Sala declara que la casación ha lugar porque, dado lo decidido por la Secretaria de Sala en el Decreto de Admisión del recurso en relación con lo establecido por el artículo 45.2 d) de la Ley de esta Jurisdicción, la Sala de instancia, antes de inadmitir el recurso contencioso-administrativo en sentencia, debió requerir a la demandante a fin de que acreditase los requisitos exigidos para entablar acciones con arreglo a los estatutos que fueren de aplicación, por lo que procede anular la sentencia recurrida con remisión de las actuaciones a la instancia para que, una vez practicado el indicado requerimiento, se dicte sentencia con libertad de criterio.
Puede leer el texto completo de la sentencia en www.ksp.es Marginal: 69344387