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Jurisprudencia

La Justicia reconoce a una comercial con fibromialgia y depresión la incapacidad permanente total

La trabajadora está imposibilitada para realizar con eficacia y rendimiento cualquier tarea laboral de las que venía desarrollando

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 4 min



Jurisprudencia

La Justicia reconoce a una comercial con fibromialgia y depresión la incapacidad permanente total

La trabajadora está imposibilitada para realizar con eficacia y rendimiento cualquier tarea laboral de las que venía desarrollando

(Imagen: E&J)



El Juzgado de lo Social número 2 de Castellón de la Plana ha reconocido a una trabajadora del sector comercial, con fibromialgia y trastorno depresivo mayor recurrente, la incapacidad permanente total (IPT).

La sentencia dictada el pasado 19 de septiembre, a la que ha tenido acceso Economist & Jurist y que se encuentra disponible en el botón ‘descargar resolución’, afirma que la comercial, debido a las afectaciones médicas que padece, está imposibilitada para realizar con eficacia cualquier tarea laboral de las que venía desarrollando.



Asimismo, el Juzgado también incide en la enorme dificultad de la trabajadora para desempeñar hechos tan cotidianos como acudir al centro de trabajo. A este cuadro de fibromialgia y fatiga crónica, la magistrada incluye la depresión como factor causal para determinar la IPT.



El despacho de abogados Parrado Asesores, que se ha encargado de la representación legal de la trabajadora logrando demostrar en el proceso judicial que su clienta cumple los requisitos para ser declarada en incapacidad permanente, señala a E&J que lo novedoso de la sentencia es “que no se adscribe, como suele ser más habitual, a una profesión de carácter más físico y de esfuerzo; y además reconoce la importancia del diagnóstico de salud mental en el fallo”.

(Imagen: Parrado Asesores)



La trabajadora padece limitaciones orgánicas y funcionales

En el presente caso enjuiciado, la actora, que venía trabajando como directora comercial (ventas), inició dos periodos de incapacidad temporal en los últimos años debido a la enfermedad que padece, fibromialgia. El primer periodo de IT fue en el año 2021 y duró 545 días; y en el año 2023 inició el segundo periodo de incapacidad temporal.

Según consta en el dictamen EVI y en el informe de valoración médica, la trabajadora padece fibromialgia y distimia, con pérdida de funcionalidad progresiva; lo que conlleva que sufra limitaciones orgánicas y funcionales.

Además, el informe psiquiátrico deja constancia de que “el cuadro clínico de la paciente se caracteriza por sintomatología depresiva reactiva a fibromialgia y a fallecimiento de su hija en el año 2013 (duelo no resuelto). El diagnóstico de la paciente es de trastorno de depresión mayor recurrente […] Dadas las limitaciones producidas por las distintas patologías que presenta, considero que se valore el grado de discapacidad de la paciente”, señala el informe psiquiatra.

No obstante, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) dictó en marzo de 2023 resolución por la cual denegaba reconocer cualquier grado de incapacidad a la trabajadora. Contra dicha resolución la actora interpuso reclamación previa, pero la misma fue desestimada.

Ante la denegatoria del INSS de reconocer la incapacidad a la mujer, ésta, asesorada legalmente por el despacho Parrado Asesores presentó demanda contra el organismo público, solicitando en la misma que se dictara sentencia declarando que la actora se encuentra en situación de incapacidad permanente absoluta o, subsidiariamente, total.

(Imagen: E&J)

La trabajadora está incapacitada para realizar su profesión habitual

El Juzgado de lo Social número 2 de Castellón de la Plana ha estimado la demanda en su petición subsidiaria, declarando que la actora está afecta de un grado de incapacidad permanente total para su profesión habitual, y por ende, tiene derecho a percibir una prestación del 75% de la base reguladora.

La magistrada titular del Juzgado rechaza reconocer a la trabajadora en una situación de incapacidad permanente absoluta, ya que podría realizar trabajos con menos exigencia física y mental, lo que le permitiría generar algún ingreso, aunque el futuro dependerá de si mejora sus síntomas mentales con el tratamiento médico.

En la sentencia se razona que, en el presente caso, no se puede concluir que la demandante esté incapacitada para realizar cualquier trabajo. Pues es cierto que en los documentos médicos del expediente se observa que presenta limitaciones físicas que le generan dolor y agotamiento, sin embargo, las limitaciones psíquicas relacionadas con su trastorno depresivo no están claramente documentadas; aunque la actora menciona dificultades en atención, memoria y concentración, no hay evidencia de que estas se deban a un problema neurológico.

La juzgadora ha reprochado al INSS que alargara este sufrimiento de la afectada otorgándole bajas de incapacidad temporal y que luego le denegara la petición administrativa de incapacidad permanente.

“Llama la atención que el propio INSS reconozca que su situación puede ser compatible con una IT, lo que ya denota que el médico inspector considera que en su situación clínica no puede trabajar en su profesión habitual y, sin embargo, deniegue cualquier grado de incapacidad cuando consta que este expediente ha venido precedido de un proceso muy largo de incapacidad temporal (545 días) y que, a pesar de estar en desempleo, ha sido nuevamente declarada en situación de IT con pronóstico largo y por la misma causa, aquejada de las mismas patologías y limitaciones”, recoge la sentencia.

Para el Juzgado de lo Social número 2 de Castellón de la Plana está claro que, en el momento de la evaluación, la trabajadora no tenía la capacidad suficiente para realizar un trabajo que requiriera un alto esfuerzo físico, intelectual o movilidad, así como habilidades de relación interpersonal. Por ello, en su situación actual, sería elegible para una incapacidad permanente total, especialmente teniendo en cuenta su edad y las limitaciones que está experimentando, lo que dificulta su reincorporación al mercado laboral.

(Imagen: E&J)

La sentencia del Juzgado no es firme y cabe recurso contra ella, es más, desde Parrado Asesores afirman a este medio que, aunque están satisfechos con el fallo tras el largo sufrimiento de su clienta, van a recurrir al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana para solicitar la IP Absoluta, que le impide realizar tarea laboral alguna.