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Jurisprudencia

La Justicia respalda el derecho a recibir una bonificación por guardería a una madre trabajadora

La mujer, a partir de ahora, recibirá un incremento de 1.000 euros anuales de bonificación en IRPF. Una ayuda que, previamente, Hacienda le había denegado

(Imagen: E&J)

Sara Zarzoso

Redacción E&J




Tiempo de lectura: < 1 min

Publicado




Jurisprudencia

La Justicia respalda el derecho a recibir una bonificación por guardería a una madre trabajadora

La mujer, a partir de ahora, recibirá un incremento de 1.000 euros anuales de bonificación en IRPF. Una ayuda que, previamente, Hacienda le había denegado

(Imagen: E&J)



El Tribunal Superior de Justicia de Asturias, a través de una sentencia firme, ha reconocido el derecho de una madre trabajadora a recibir un incremento de 1.000 euros anuales de bonificación en IRPF. Un derecho que, tal y como ha informado el Consejo General de la Abogacía Española, la Agencia Tributaria le había denegado.

Según los datos facilitados por el Consejo, la madre vio rechazada su solicitud porque la guardería en la que estaba matriculado su hijo no se aparecía en el listado de centros de educación infantil autorizados por el Principado de Asturias.



Asimismo, en el comunicado se pone de relieve el hecho de que las guarderías, como tal, no constan en la Ley Orgánica de Educación (LOE) a la hora de establecer los diferentes niveles educativos y, por tanto, no pueden considerarse centros educativos, sino centros de atención y cuidado infantil. En este sentido, según la sentencia «no necesitan autorización de carácter educativo, sino que es la Administración local la competente en la autorización de su apertura y funcionamiento”



Según ha indicado la letrada María Benito, de la Asociación Gastos Guardería IRPF  y persona encargada de cubrir el caso, “las guarderías no tienen que estar supeditadas a los requisitos que pide la LOE”. Además, ha recalcado que, a partir de ahora, las madres trabajadoras ya podrán reclamar dichas deducciones en las declaraciones. En concreto, podrán hacerlo siempre y cuando partan desde el año 2019, pues las de antes ya habrían prescrito.

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