Connect with us
Jurisprudencia

La Justicia valida el despido de un trabajador que se fue de vacaciones sin autorización de la empresa

La empleadora le denegó las vacaciones que tenía planificadas solo 7 días antes de la fecha prevista para su comienzo

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 2 min



Jurisprudencia

La Justicia valida el despido de un trabajador que se fue de vacaciones sin autorización de la empresa

La empleadora le denegó las vacaciones que tenía planificadas solo 7 días antes de la fecha prevista para su comienzo

(Imagen: E&J)

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la procedencia del despido disciplinario de un trabajador que se ausentó injustificadamente de su puesto laboral los mismos días que tenía previsto cogerse vacaciones, las cuales, a pesar de que la empresa conocía que había pedido esos días de vacaciones, le denegó el disfrute de los mismos.

Según consta en la sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’), el empleado, que ocupaba el puesto de gerente en una bar de sushi, tenía planificadas sus vacaciones en la plataforma de gestión de la empresa desde el 25 de diciembre hasta el 7 de enero. Sin embargo, su superior le avisó por WhatsApp, 7 días antes de la fecha prevista para que comenzaran las vacaciones, de que tenía las vacaciones quitadas y nadie le había autorizado a disfrutarlas.





No obstante, pese al mensaje de su superior, el trabajador no se presentó a trabajar los días en los que tenía previsto disfrutar de sus vacaciones. En consecuencia, la empleadora le comunicó su despido disciplinario por haberse ausentado de su puesto de trabajo sin justificación alguna, lo que constituía una falta laboral muy grave conforme a lo dispuesto en el artículo 40.1 del VI Acuerdo Laboral para el sector de la Hostelería.

(Imagen: E&J)

El despido es procedente

El empleado demandó a la empresa impugnado el despido y solicitando que el mismo fuese declarado improcedente, pero la Justicia ha desestimado la demanda y validado la sanción disciplinaria impuesta al trabajador.

Fue el Juzgado de lo Social número 4 de León el que resolvió que el despido disciplinario ejecutado por la empresa contra el trabajador, poniendo fin a la relación contractual que les unía, era procedente. Contra dicha sentencia el empleado interpuso recurso de suplicación, que ha sido desestimado por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, confirmando así la resolución recurrida y, por ende, la procedencia del despido.

En el recurso de suplicación el recurrente alegaba que los días que había faltado a trabajar no eran faltas injustificadas porque tenía planificadas las vacaciones en la plataforma de gestión de la empresa. Y, si bien admitía que su superior le había dicho que tenía las vacaciones “quitadas”, alegaba en su defensa que no se le había facilitado ninguna otra opción para disfrutarla, y ello teniendo en cuenta que era la última semana del año y tenía esos días pendiente de disfrute.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que, aunque “puede entender el malestar del trabajador ante esas circunstancias de no aprobación de las vacaciones en fechas cercanas a su disfrute”, ello no justifica que no asistiera al trabajo, más teniendo en cuenta que el actor ha admitido que recibió una comunicación por parte de su superior de que no había sido validada su petición de vacaciones.

“En consecuencia, el actor era conocedor de que los días en que se ausentó de la empresa no tenía vacaciones ni otra justificación para ello”, señala la Sala en la sentencia.

SUSCRÍBETE A NUESTRA NEWSLETTER

  • tiktok

Copyright © 2024 , powered by Economist & Jurist.