La negligencia en el asesoramiento financiero determina la responsabilidad del asesor
(Foto: E&J)
La negligencia en el asesoramiento financiero determina la responsabilidad del asesor
(Foto: E&J)
La sentencia se refiere a un contrato de depósito y administración de valores, en el curso del cual el banco recomienda la compra de acciones preferentes emitidas por un banco islandés. Aunque en los fundamentos de derecho de la demanda se hacía referencia al error vicio, en el suplico sólo se pide la declaración de incumplimiento contractual y una indemnización que consiste en la devolución de la cantidad invertida.
El juzgado de primera instancia se excedió en la labor de aclaración de las pretensiones de las partes, cuando entendió en la audiencia previa que en la demanda se pedía la nulidad por error vicio. No cabe descartar que el incumplimiento grave de aquellos deberes y obligaciones contractuales de información al cliente y de diligencia y lealtad respecto del asesoramiento financiero pueda constituir el título de jurídico de imputación de la responsabilidad por los daños sufridos por los clientes como consecuencia de la pérdida, prácticamente total, de valor de las participaciones preferentes, aunque lógicamente es preciso justificar en qué consiste la relación de causalidad.
Puede leer la sentencia en www.ksp.es (www.bdifusion.es Marginal: 2469155)