La pérdida de expedientes por teletrabajo no es causa de despido si no existen protocolos
La empleada fue despedida por sacar del centro de trabajo unos expedientes para teletrabajar y perderlos de camino a su casa
(Foto: Pexels)
La pérdida de expedientes por teletrabajo no es causa de despido si no existen protocolos
La empleada fue despedida por sacar del centro de trabajo unos expedientes para teletrabajar y perderlos de camino a su casa
(Foto: Pexels)
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha calificado de improcedente el cese de una trabajadora que, sin autorización de la empresa, sacó unos expedientes del centro de trabajo para poder teletrabajar desde su domicilio y los acabó perdiendo.
“No existe desobediencia, ni trasgresión de la buena fe contractual ni abuso de confianza”
La sentencia, de 2 de junio de 2022, recalca que la empresa no disponía de ningún protocolo sobre la modalidad del teletrabajo y recuerda que estos criterios deben ser “claros y por escritos”.
El caso
La actora, después de estar trabajando en una gestoría administrativa durante siete años, fue despedida de forma disciplinaria por sacar del lugar del trabajo varios expedientes para teletrabajar desde casa, dejándolos olvidados en un autobús urbano de Madrid.
Según la empresa, la actora había desobedecido una prohibición dada de manera verbal de no sacar los expedientes del centro de trabajo. Así pues, la gestoría fundamentó el despido en la vulneración de los apartados b) y d) del art. 54.2 del Estatutos de los Trabajadores, es decir, en la indisciplina o desobediencia en el trabajo; y en la transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
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