La pérdida de un cliente justifica despidos objetivos para reequilibrar la carga de trabajo
El Tribunal Supremo da la razón a una empresa que canceló el contrato de una trabajadora tras la finalización de una contrata
Fachada del Tribunal Supremo (Foto: Economist & Jurist)
La pérdida de un cliente justifica despidos objetivos para reequilibrar la carga de trabajo
El Tribunal Supremo da la razón a una empresa que canceló el contrato de una trabajadora tras la finalización de una contrata
Fachada del Tribunal Supremo (Foto: Economist & Jurist)
El uso del despido objetivo previsto en el Estatuto de los Trabajadores es válido siempre que la medida estructural sea razonable y que el equilibrio entre la carga de trabajo y la plantilla que la atiende sea proporcional y congruente con una medida estructural.
Así lo estima la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en una sentencia en la que ha analizado el recurso de casación de una empresa contra una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid, que calificó como improcedente el despido de una trabajadora.
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