La prescripción de la acción resarcitoria derivada de una revolving usuraria: Audiencias Provinciales «vecinas» alcanzan conclusiones antagónicas
El abogado José Basanta ha presentado un recurso de casación debido a la disparidad de criterios entre las Audiencias
Dependencias de la Audiencia Provincial de A Coruña. (Foto: Eduardo Pérez/La voz de Galicia)
La prescripción de la acción resarcitoria derivada de una revolving usuraria: Audiencias Provinciales «vecinas» alcanzan conclusiones antagónicas
El abogado José Basanta ha presentado un recurso de casación debido a la disparidad de criterios entre las Audiencias
Dependencias de la Audiencia Provincial de A Coruña. (Foto: Eduardo Pérez/La voz de Galicia)
Recuperar lo indebidamente pagado por nuestra tarjeta de crédito revolving usuraria puede depender, en algunos casos, del Juzgado o Tribunal que estudie nuestro caso.
Por ejemplo, ante dos escenarios prácticamente idénticos, la Audiencia Provincial de A Coruña acaba de declarar que la acción de restitución de cantidades sí prescribe y, a aproximadamente 130 kilómetros, su «vecina» la AP de Pontevedra ha acordado lo contrario, es decir, que el plazo de cinco años debe comenzar a computarse desde el momento en que se declara la nulidad, puesto que no puede ejercitarse antes la acción de restitución.
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