La prórroga extraordinaria de 6 meses prevista en el Real Decreto-ley 11/2020 no es acumulativa
El Supremo declara resuelto un contrato de alquiler que los inquilinos venían prorrogando extraordinariamente de manera sucesiva
(Imagen: E&J)
La prórroga extraordinaria de 6 meses prevista en el Real Decreto-ley 11/2020 no es acumulativa
El Supremo declara resuelto un contrato de alquiler que los inquilinos venían prorrogando extraordinariamente de manera sucesiva
(Imagen: E&J)
El Tribunal Supremo ha declarado resuelto un contrato de alquiler de una vivienda que había expirado en el año 2021 y el cual los inquilinos venían desde entonces prorrogando extraordinariamente de forma unilateral cada seis meses, fundamentando dichas prórrogas en que las mismas podían acumularse en base al Real Decreto-Ley 1120/2020.
A pesar de que la parte arrendadora aceptó una primera prórroga extraordinaria de seis meses del contrato, ya que el mismo finalizó en plena pandemia del coronavirus, una vez transcurrido este tiempo informó a los arrendatarios de su deseo de finalizar del contrato, pero estos se negaron a entregar el inmueble, por lo que el caso acabó en la vía judicial.
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha puesto fin a este procedimiento al dictar sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’) por la cual, dando la razón al arrendador, obliga a los inquilinos “a dejar libre, expedito y a disposición de la parte demandante el inmueble”.
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