La responsabilidad de FOGASA en empresas de menos de veinticinco trabajadores
La responsabilidad de FOGASA en empresas de menos de veinticinco trabajadores
Se desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por los trabajadores demandantes contra sentencia desestimatoria de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, sobre reclamación de cantidad contra el FOGASA.
La Sala declara que no cabe apreciar la contradicción, porque en la sentencia recurrida lo que está en juego es el mantenimiento de la situación anterior con motivo de un cambio de regulación, determinado por una sucesión de normas de igual rango, mientras que en la sentencia de contraste no se produce tal cambio de regulación, y de ahí, que ante situaciones diversas, también hayan sido distintos los pronunciamientos de las sentencias objeto de comparación, por lo cual no puede hablarse de discrepancia doctrinal alguna que precise de unificación.
En cualquier caso, y aun aceptando -a efectos meramente dialécticos- la existencia de contradicción, el recurso no podría prosperar, al ser coincidente la doctrina de la sentencia recurrida con la contenida en la sentencia de esta Sala de fecha 26-12-2007.
Puede leer el texto completo de la sentencia en www.ksp.es (www.bdifusion.es Marginal: 2467010)