La Sala Social del Supremo priva de traslados a los indefinidos no fijos y desvela sus cartas sobre su prejudicial: no habrá fijeza
Este fallo podría generar un conflicto nuevo con el TJUE por la discriminación de trato de temporales y fijos, que va contra la cláusula cuarta de la Directiva
Una sentencia del magistrado de lo Social, Ignacio García-Perrote, priva a los indefinidos no fijos del concurso de traslados. (Imagen: Fundación Ramón Areces)
La Sala Social del Supremo priva de traslados a los indefinidos no fijos y desvela sus cartas sobre su prejudicial: no habrá fijeza
Este fallo podría generar un conflicto nuevo con el TJUE por la discriminación de trato de temporales y fijos, que va contra la cláusula cuarta de la Directiva
Una sentencia del magistrado de lo Social, Ignacio García-Perrote, priva a los indefinidos no fijos del concurso de traslados. (Imagen: Fundación Ramón Areces)
Sorpresa mayúscula la que he generado la Sala Social del Tribunal Supremo. Cuando todos esperan que no hubiera pronunciamientos de la Sala sobre la sentencia del TJUE de 22 de febrero sobre los indefinidos no fijos, y a la espera de la cuestión prejudicial que planteará el magistrado Sebastián Moralo, se ha dado a conocer una sentencia (625/ 2024, de 29 de abril), de la que ha sido ponente el magistrado Ignacio García-Perrote, que aclara la posición de la Sala: los indefinidos no fijos no tienen derecho a fijeza.
Junto a ello parece abrir otro frente con el TJUE porque contradice su jurisprudencia sobre el derecho a los traslados de los indefinidos no fijos, ahora no tienen derecho a traslado, con lo cual la sentencia podría vulnerar la cláusula cuarta de la Directiva 1999/770 porque ahora admite la discriminación en esos traslados entre trabajadores fijos e indefinidos no fijos.
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