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Jurisprudencia

La Xunta, condenada por discriminar retributivamente a una trabajadora de una residencia de mayores

La empleada tiene derecho a percibir un plus que cobran otras trabajadoras del centro con misma categoría y funciones

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 3 min



Jurisprudencia

La Xunta, condenada por discriminar retributivamente a una trabajadora de una residencia de mayores

La empleada tiene derecho a percibir un plus que cobran otras trabajadoras del centro con misma categoría y funciones

(Imagen: E&J)



No es admisible que los trabajadores de un mismo centro de trabajo, con la misma categoría profesional y funciones a realizar, sean remunerados de forma diferente. Pues lo contrario supone una vulneración del principio de igualdad retributiva.

Así lo ha dictaminado el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en una sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución) en la que reconoce el derecho de una trabajadora, de una residencia de mayores de la Xunta de Galicia, a percibir el plus de peligrosidad por su puesto de trabajo, al igual que lo vienen percibiendo otras 10 compañeras de la actora, todas ellas con la misma categoría profesional y con las mismas funciones.



Respecto a la existencia de esa desigualdad retributiva, de relevancia constitucional, la Sala de lo Social ha recordado que, dado que la trabajadora prestaba servicios para una administración pública, “el criterio de igualdad retributiva se impone de manera más absoluta que en la empresa privada”.



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