Las hijas de un abogado fallecido pagarán por las difamaciones de su padre a un fiscal
Ignacio Peláez Marqués, abogado y ex fiscal de la Audiencia Nacional, tachó al demandante de pederasta reincidente
José Grinda González, fiscal anticorrupción. (Foto: GettyImages)
Las hijas de un abogado fallecido pagarán por las difamaciones de su padre a un fiscal
Ignacio Peláez Marqués, abogado y ex fiscal de la Audiencia Nacional, tachó al demandante de pederasta reincidente
José Grinda González, fiscal anticorrupción. (Foto: GettyImages)
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha condenado a las dos hijas de un abogado fallecido hace casi cinco años a indemnizar con 30.000 euros a un fiscal ya que su padre vulneró el derecho al honor de este último.
El caso
José Grinda González, fiscal destinado en la Fiscalía Especial para la Represión de Delitos Económicos Relacionados con la Corrupción, formuló demanda en ejercicio de protección civil del derecho al honor contra los herederos de Ignacio Peláez Marqués, abogado y ex fiscal de la Audiencia Nacional que falleció en septiembre de 2017, y contra dos cadenas de televisión (13 TV e Intereconomía).
Según el fiscal anticorrupción, Peláez Marqués dirigió diferentes escritos a distintos miembros de la Carrera Fiscal (entre ellos, el Fiscal General del Estado) poniendo de manifiesto, siendo conocedor de su falsedad, que el demandante había sido objeto de investigación e imputación judicial de una serie de procedimientos, asegurando falsamente estar totalmente acreditada su participación en gravísimos delitos sobre pornografía infantil por internet y pederastia; sobre exhibicionismo y corrupción de menores; revelación de secretos y un procedimiento sobre amenazas, coacción y extorsión.
Por otro lado, la actora denunció que Peláez Marqués en varios programas emitidos en 13 TV e Intereconomía en los que, durante más de 15 minutos, el segundo se dedicó a insultarle y descalificarle personal y profesionalmente, al sostener que el demandante tenía abiertos cuatro procedimientos penales que la Fiscalía había parado y cerrado, formulando acusaciones contra él, tales como que era un pederasta reincidente, que aparecía como usuario de una red de pederastia y le imputaba actuaciones delictivas de revelación de secretos, extorsión, coacciones y amenazas, manifestando igualmente que había dirigido escritos al Fiscal General del Estado pidiendo explicaciones por no haber hecho nada en contra del demandante.
El actor solicitó a las entidades demandantes que eliminasen el acceso a la grabación a través de las páginas webs correspondientes
Bajo tal escenario, el demandante consideró que tales manifestaciones orales y por escrito lesionaban su dignidad, atentaban contra su reputación personal y menoscababan su prestigio. Por ello, peticionó que se condenase solidariamente a todos los demandados al pago de 100.000 euros en concepto de resarcimiento por los graves daños morales ocasionados y a los herederos de Peláez Marqués, a abonarle 1.000.000 euros en concepto de apropiación de lucro obtenido y lesión del derecho al honor.
Desestimaciones
En marzo de 2021, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 5 de Majadahonda desestimó la demanda interpuesta por Grinda González, por intromisión ilegítima en el derecho al honor.
Según el Magistrado-Juez, el grueso de la información vertida en los programas de televisión tenía apariencia de veracidad, avalada por fuentes oficiales, sin que el sobreseimiento de dichas causas tuviese relevancia suficiente para desvirtuar dicha conclusión. Además, en opinión del Juzgador de instancia, tales imputaciones debían entenderse incluidas en el ámbito de la libertad de expresión.
En enero de 2022, la Audiencia Provincial de Madrid desestimó el recurso de apelación planteado por la representación del demandante y confirmó íntegramente la anterior resolución.
“El carácter de miembro de la Carrera Fiscal del demandante y naturaleza de los hechos por los que se siguieron las diferentes procedimientos, impide que pueda apreciarse en las manifestaciones formuladas, vulneración del derecho a la vida privada del demandante, así como tampoco se aprecia en ello lesión alguna al derecho a la presunción de inocencia, pues en todo momento el Sr. Peláez se refería a hechos que constaban en los diferentes procedimientos judiciales, a decisiones adoptada por el órgano judicial o a actuaciones de las cuerpos policiales”, expuso la Sala en su sentencia de nueve páginas.
Tribunal Supremo: «Se sobrepasó, con evidencia, el límite de la libertad de expresión»
Ahora, conforme ha adelantado The Objective, la Sala Civil del TS ha puesto punto y final a la disputa entre fiscales y ha condenado a las hijas del demandado, en su condición de herederas, a indemnizar con 30.000 euros a Grinda González.
El Alto Tribunal admite parcialmente el recurso de casación y declara que las manifestaciones de Peláez Marqués desbordaron los límites de la libertad de expresión e información y dañaron el honor del fiscal anticorrupción. “Se sobrepasó, con evidencia, el límite de la libertad de expresión con respecto a las imputaciones realizadas por el Sr. Peláez en los medios de comunicación relativas al Sr. Grinda, que son de grave entidad y desconocen la presunción de inocencia del actor, avalada por resoluciones judiciales firmes”, señala el reciente fallo.
En la misma línea, la Sala Primera recuerda que, como “jurista de profesión”, Peláez Marqués, “no podía ignorar la presunción de inocencia de la que gozaba el actor, como cualquier otro ciudadano, lo que incluso le recordaron los periodistas que intervinieron en el programa El Cascabel de 13 TV”.
Por último, la sentencia absuelve tanto a 13 TV como a Intereconomía de cualquier responsabilidad en la vulneración al honor de Grinda González.