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Derecho Administrativo

Las propinas de los casinos no son ingresos procedentes de la actividad del juego

El TEAC falla que este dinero es un negocio jurídico entre el cliente y el casino, por lo que no forman parte de la tasa fiscal que grava los juegos de suerte, envite y azar

(Foto: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 4 min



Derecho Administrativo

Las propinas de los casinos no son ingresos procedentes de la actividad del juego

El TEAC falla que este dinero es un negocio jurídico entre el cliente y el casino, por lo que no forman parte de la tasa fiscal que grava los juegos de suerte, envite y azar

(Foto: E&J)



El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) falla que las propinas de los casinos no forman parte de la tasas fiscal que grave los juegos de suerte, envite y azar porque no son ingresos procedentes del juego ya que no son necesarias para poder participar en el mismo, ni son obligatorias de dar.

El tribunal califica las propinas como un negocio jurídico entre el cliente y el casino, ajenas al contrato del juego pese a que se produzcan en el ámbito o entorno del juego y estén asociadas a la participación en el mismo.



El TEAC ha emitido este fallo al desestimar el recurso de alzada interpuesto por el Director de la Agencia Tributaria de Cataluña contra resolución dictada en primera instancia por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Cataluña, la cual dictó que las propinas debían quedar excluidas de la base imposible de la tasa.



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