Los Estados miembros pueden exigir el permiso de residencia a los ciudadanos que soliciten prestaciones sociales
Los Estados miembros pueden exigir el permiso de residencia a los ciudadanos que soliciten prestaciones sociales
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha considerado, en su sentencia del pasado 14 de junio, que «aunque se considere que este requisito constituye una discriminación indirecta, está justificado por la necesidad de salvaguardar las finanzas del Estado miembro de acogida«.
En el caso analizado por el TJUE, las autoridades de Reino Unido habían denegado multitud de las prestaciones solicitadas, fundamentándolo en que los solicitantes carecían de permiso de residencia en dicho Estado. Así, numerosos ciudadanos presentaron sus quejas ante la Comisión Europea de Ciudadanos de otros Estados miembros residentes, en este caso, en Reino Unido.
Ante el recurso, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha considerado que la diferencia de trato que alegan los recurrentes puede estar justificada por un «objetivo legítimo». Así, el objetivo legítimo sería la necesidad de salvaguardar las finanzas del Estado miembro de acogida. Del mismo modo, recuerda que este fallo se refiere únicamente al caso analizado, y que no cabe incurrir en aplicar por analogía el criterio establecido en la sentencia más allá de lo que resulte necesario para alcanzar el objetivo concreto al que se refiere.