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Jurisprudencia

Los funcionarios que decidan retrasar voluntariamente su jubilación tendrán derecho a un aumento, sin importar el límite máximo

La Audiencia Nacional falla que la legislación no permite que estas personas pierdan un beneficio adicional que les corresponde por haber trabajado más años

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 3 min



Jurisprudencia

Los funcionarios que decidan retrasar voluntariamente su jubilación tendrán derecho a un aumento, sin importar el límite máximo

La Audiencia Nacional falla que la legislación no permite que estas personas pierdan un beneficio adicional que les corresponde por haber trabajado más años

(Imagen: E&J)



Los funcionarios que retrasen su jubilación y reciban un beneficio adicional por ello, no pierden el derecho de a cobrar esa ganancia cuando se apliquen los límites establecidos en las pensiones públicas.

Así ha fallado la Audiencia Nacional en una sentencia en la que confirma que ha de aplicarse lo establecido en el artículo 162.3 de la Ley General de Seguridad Social para proteger a los jubilados tardíos.



Asimismo, la Sala de lo Contencioso establece en este fallo judicial cómo debe interpretarse en el contexto de las Clases Pasivas del Estado el mencionado precepto cuando se está percibiendo dos pensiones simultáneamente. En este sentido, la Audiencia establece que si una persona tiene derecho a varias pensiones, la aplicación de este artículo se resuelve determinando un límite máximo total a percibir.



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