Los testigos y los signos de embriaguez permiten demostrar la situación de la misma
Los testigos y los signos de embriaguez permiten demostrar la situación de la misma
El autor del recurso es condenado por el Tribunal Militar Territorial por un delito de embriaguez en acto de servicio de armas previsto en el artículo 70 del Código Penal Militar como consecuencia de someterlo previamente a una prueba de detección alcohólica. En dicha prueba, daba positivo en las dos muestras que se le tomaron y ante el director de la prueba y dos testigos.
Se rechaza que revalorización de la prueba, del etilómetro utilizado, pues aunque el error apreciativo estaba entre un 0.03 y un 0,005 mgr/litro en aire espirado los valores de las dos muestras alcanzaban ambas más de 1,40 mgr/litro; siendo en este caso intrascendente.
La Sala entiende la importancia, como en otras sentencias, del valor de los testigos quienes presencian la prueba de alcoholemia realizada al acusado junto con los signos de embriaguez que presentaba en este momento: «halitosis alcohólica notoria, hala titubeante y ojos brillantes, entre otros síntomas».
Puede leer el texto completo de la sentencia www.globaleconomistjurist.com Marginal: 70869518