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Jurisprudencia

Lufthansa, condenada a pagar 440 euros a un pasajero por perderle el equipaje 11 días

La discrepancia se resuelve a favor del consumidor, aunque no tenía pruebas de que lo recibió a los 11 días

(Imagen: E&J)

Rosalina Moreno

Redactora jefa




Tiempo de lectura: 4 min



Jurisprudencia

Lufthansa, condenada a pagar 440 euros a un pasajero por perderle el equipaje 11 días

La discrepancia se resuelve a favor del consumidor, aunque no tenía pruebas de que lo recibió a los 11 días

(Imagen: E&J)

El Juzgado de Primera Instancia número 23 de Zaragoza ha condenado a la aerolínea alemana Lufthansa a indemnizar con 440 euros a un pasajero por perderle el equipaje durante 11 días.

La controversia en este caso era el importe de la compensación que correspondía al viajero, que varía según la fecha de entrega. Lufthansa alegaba que le había devuelto el equipaje a los tres días de la pérdida, mientras que el consumidor aseguraba que se lo habían entregado a los 11 días, pero no tenía forma de acreditarlo, por lo que estaba en desventaja frente a la aerolínea.



El magistrado finalmente dictamina que debe concederse toda la indemnización solicitada como si fuesen 11 días, pues debe siempre estimarse la indemnización a beneficio del consumidor, que, aunque no acredita la fecha exacta de la llegada del equipaje, en materia con grandes compañías de aviones debe regir ante todo el principio del in dubio pro usuario, porque tiene esa mayor dificultad a la hora de probar sus pretensiones.

El caso, al detalle

Los hechos se remontan al 15 de de septiembre de 2023, cuando el pasajero volvía a Barcelona después de un viaje a Múnich (Alemania) y las dos maletas que había facturado no aparecieron en la cinta transportadora de equipajes del Aeropuerto Josep Tarradellas Barcelona-El Prat.



(Imagen: RTVE)

Tras ello, realizó el Parte de Irregularidad de Equipaje (PIR) para hacer constar que no las había recibido, y al cabo de varios días, la aerolínea le entregó las maletas extraviadas. El afectado reclamó una indemnización, pero la aerolínea no se la concedió, por lo que se vio obligado a poner el caso en manos de la Justicia, asistido por reclamador.es.

En la demanda, articulada por el abogado Jorge Ramos Guerra, se solicitaron 440 euros, a razón de 40 euros por día de pérdida en los que el viajero no había tenido consigo sus enseres de primera necesidad, lo que, a su vez, le obligó a tener que comprar nuevos para sustituir los que llevaba en la maleta.

Ante la discrepancia de las partes de cuándo había aparecido el equipaje, el juzgador pidió pruebas a ambas para cerciorarse de la fecha indicada por cada una de ellas. El demandante advirtió que únicamente tenía la prueba de su palabra, porque las aerolínea no entregan un justificante cuando envían la maleta.

(Imagen: RTVE)

Sentencia pionera ante la falta de aportación de prueba

«Estamos ante una pionera que es ejemplar para futuros incidentes de equipajes en los que se cuestionan los días de entrega porque, pese a que el consumidor no tiene pruebas para acreditar que su maleta fue entregada cuando efectivamente ocurrió, se decide dar la razón al pasajero por el hecho de que el juez valora que es imposible que pueda tener prueba alguna sobre el día de recogida de la maleta», declara a Economist & Jurist el abogado que ha llevado el caso, Jorge Ramos. 

Y subraya que en estos pleitos debe primar siempre el principio in dubio pro usuario, ya que el cliente tiene una mayor dificultad a la hora de poder probar los incidentes y se enfrenta a una compañía grande, con más poder en todos los sentidos.

«El propio juzgador, en el juicio destacó que antes de ser juez es persona y consumidor y, por tanto, ha sufrido ya incidentes de este tipo y sabe el modus operandi de las compañías», apunta el letrado. Según Jorge Ramos, «las compañías aéreas deberían aportar un justificante que acredite la fecha exacta de la entrega del equipaje, pero precisamente no lo hacen para que el consumidor no pueda aportarlo y así les sea más difícil obtener la indemnización que realmente merecen».

De haberse estimado la pretensión de la compañía, el afectado tan sólo habría recibido 120 euros, a razón de 40 euros por día. La sentencia la firma el magistrado Carlos Isidro Marín Ibáñez, está disponible en el botón ‘Descargar resolución’.

El letrado de reclamador.es Jorge Ramos, especializado en transporte aéreo y mediación. (Imagen: Cedida)

Reclamador.es recuerda a los afectados por pérdidas o extravíos de equipaje que tienen derecho a una indemnización pese a que las aerolíneas se la nieguen. «Para poder reclamar por un incidente es necesario tramitar el PIR en el aeropuerto, ya que si no se tramita se presume que el equipaje ha sido entregado correctamente y en buen estado», destaca.

El plazo para tramitar el PIR es de 21 días en el caso de retraso en la entrega del equipaje o pérdida del mismo, y siete días para los casos de daños», detalla reclamador.es, que recomienda realizar siempre este trámite antes de abandonar el aeropuerto porque te aseguras que no se te pase el plazo.

Según informa Ramos, en caso de que el extravío hubiera sucedido en el vuelo de ida, el importe de la indemnización siempre es mayor, «ya que el daño moral sufrido se incrementa por estar en un destino que no es el lugar de residencia». Por retraso o pérdida de equipaje la indemnización puede llegar hasta los 1.600 euros, según el Convenio de Montreal.

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