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Jurisprudencia

Niegan reconocer la gran invalidez a una mujer con 0,02 de agudeza visual por no necesitar ayuda de un tercero cuando se afilió a la ONCE

El reconocimiento de esta pensión depende de las circunstancias concretas del solicitante, sin que sea suficiente la pérdida o disminución del campo visual

(Imagen: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 3 min



Jurisprudencia

Niegan reconocer la gran invalidez a una mujer con 0,02 de agudeza visual por no necesitar ayuda de un tercero cuando se afilió a la ONCE

El reconocimiento de esta pensión depende de las circunstancias concretas del solicitante, sin que sea suficiente la pérdida o disminución del campo visual

(Imagen: E&J)



El Tribunal Supremo ha rechazado reconocer la situación de gran invalidez a una mujer con una agudeza visual de 0,028 por no necesitar la mujer la ayuda de un tercero para llevar a cabo actos elementales de la vida cuando se incorporó a la ONCE en el año 1991.

La Justicia ratifica que como la solicitante no necesitó la ayuda de una tercera persona ni antes de ingresas en la Organización Nacional de Ciegos Españoles ni una vez incorporada a esta empresa, donde comenzó a prestar servicios en la misma como maestra de niños con discapacidad visual, el agravamiento posterior que ha padecido en la agudeza visual no produce que deba declararse la gran invalidez.



La agudeza visual de la solicitante se agravó con los años

En el presente caso, cuando la actora se afilió a la ONCE y comenzó su vida laboral en esta organización, presentaba una agudeza visual en ambos ojos de 0,10, por lo que no necesitaba auxilio de una tercera persona para llevar a cabo actividades esenciales de la vida. Sin embargo, su capacidad visual fue disminuyendo y agravándose con los años, hasta presentar en el año 2019 una agudeza visual de 0,028 en cada ojo, con un campo visual mayor de 10 grados.

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