No se puede retirar la prestación por incapacidad por no usar la mascarilla
Los facultativos de la mutua se negaron a realizar el reconocimiento a un trabajador que acudió sin la mascarilla al sufrir asma y estar en tratamiento por ansiedad
(Imagen: E&J)
No se puede retirar la prestación por incapacidad por no usar la mascarilla
Los facultativos de la mutua se negaron a realizar el reconocimiento a un trabajador que acudió sin la mascarilla al sufrir asma y estar en tratamiento por ansiedad
(Imagen: E&J)
La Justicia falla que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) no puede retirar la prestación económica de Incapacidad Temporal a un trabajador que se niega a usar mascarilla en centro médico cuando la negativa a la misma está amparada legalmente al concurrir el presupuesto para la exención y su debida comunicación al centro.
El trabajador, estando de baja por IT, acudió al reconocimiento médico de la empresa sin la mascarilla puesta pero aportando un informe médico en el que justificaba la falta de uso de esta medida sanitaria por estar diagnosticado de asma en la infancia y, además, encontrarse en tratamiento por ansiedad. No obstante, los facultativos de la mutua se negaron a realizar el reconocimiento.
Tras lo ocurrido la mutua comunicó al empleado que se iba a suspender cautelarmente el abono de su prestación de IT por no comparecer al reconocimiento médico, al no haber concurrido al mismo portando mascarilla.
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