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Jurisprudencia

No tiene la condición de indocumentado quien posea certificado de nacimiento de las autoridades del país de origen acreditando su minoría de edad

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Jurisprudencia

No tiene la condición de indocumentado quien posea certificado de nacimiento de las autoridades del país de origen acreditando su minoría de edad



Tribunal supremo. Civil – Mercantil. 22/05/2015

Se estima el recurso de casación interpuesto contra sentencia desestimatoria de la Sección 18ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, sobre impugnación de la Resolución indicada.



La Sala, estimando el recurso, reitera como doctrina jurisprudencial la siguiente: «el inmigrante de cuyo pasaporte o documento equivalente de identidad se desprenda su minoría de edad, no puede ser considerado un extranjero indocumentado para ser sometido a pruebas complementarias de determinación de su edad, pues no cabe cuestionar sin una justificación razonable por qué se realizan tales pruebas cuando se dispone de un pasaporte válido.



Por tanto, procede realizar un juicio de proporcionalidad y ponderar adecuadamente las razones por las que se considera que el documento no es fiable y que por ello se debe acudir a las pruebas de determinación de la edad.

En cualquier caso, ya se trate de personas documentadas como indocumentadas, las técnicas médicas, especialmente si son invasivas, no podrán aplicarse indiscriminadamente para la determinación de la edad».



Puede consultar el texto completo de la sentencia en www.ksp.es   Marginal: 69341678

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