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Jurisprudencia

Nueva codena al Santander por las acciones del Popular adquiridas en 2012 y 2016

Condena a Banco Santander a devolver 35.375,75 euros a las víctimas

Banco Santander. (Foto: Reuters)

Tiempo de lectura: 2 min



Jurisprudencia

Nueva codena al Santander por las acciones del Popular adquiridas en 2012 y 2016

Condena a Banco Santander a devolver 35.375,75 euros a las víctimas

Banco Santander. (Foto: Reuters)

  • La sentencia se notificó el mismo día que el TJUE dio a conocer su fallo que exonera al Santander de toda responsabilidad en la estafa Banco Popular
  • Según Rubén Cueto, la sentencia del TJUE beneficia al sistema financiero pero lesiona gravemente los derechos de los ciudadanos europeos


La Audiencia Provincial de Girona confirma una sentencia por la adquisición de Acciones de Banco Popular suscritas en las ampliaciones del año 2012 y 2016, sentencia que condena a Banco Santander a devolver 35.375,75 euros a las víctimas.

La Audiencia concluye que Banco Popular no reflejaba su imagen fiel al decir:



“Resulta evidente que la situación financiera del Banco Popular que publicó en el folleto de su salida a Bolsa no era la real. (…) lo que no se comprende que tras un reformulación de las cuentas anuales se pase en un año de una situación de solvencia, aunque con riesgos, los cuales motivaron la oferta de acciones para solventar la situación, a una situación de quiebra y la necesidad de su intervención pública, por lo que hubiera o no engaño, el error del inversor fue evidente, pues pensaba y confiaba en que compraba unas acciones de una entidad solvente cuando ello no se correspondía a la realidad.(…) Y esta apreciación ha sido también confirmada por el Tribunal Supremo (…)”

Para Rubén Cueto, socio director de Vallverdú Abogados: “Esta sentencia de Girona se nos notificó a la vez que conocimos la fatídica decisión reciente del TJUE, que concluye que Banco Santander carece de legitimación pasiva para soportar las acciones de anulabilidad o daños y perjuicios planteadas por los antiguos accionistas de Banco Popular. Es un hecho demostrado con creces que Banco Popular no reflejaba su imagen fiel desde el año 2012, algo que hemos acreditado durante cuatro años, sentencia a sentencia. Con la decisión del TJUE prima el interés del sistema financiero en detrimento de los derechos de los ciudadanos europeos”.

Rubén Cueto Vallverdú es Socio-Director de Vallverdú Abogados (Foto: Vallverdú Abogados)



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