Nulo el acuerdo adoptado en una junta de propietarios que establecía un sueldo de 5 euros para el presidente de la comunidad
Por insignificante que sea la cantidad, ese punto no estaba en el orden del día

(Imagen: E&J)
Nulo el acuerdo adoptado en una junta de propietarios que establecía un sueldo de 5 euros para el presidente de la comunidad
Por insignificante que sea la cantidad, ese punto no estaba en el orden del día

(Imagen: E&J)
La Audiencia Provincial de Alicante ha declarado nulo un acuerdo adoptado en una junta de una comunidad de propietarios, relativo a establecer un sueldo en favor del presidente de dicha comunidad, porque ese punto no figuraba en el orden del día, con independencia de que la retribución acordada sea “irrisoria” o no se haya pagado.
La sentencia dictada por la Sección Quinta, disponible en el botón ‘descargar resolución’, llega a raíz que un vecino de una comunidad de propietarios de Monforte del Cid presentara demanda contra la citada comunidad.
En la demanda se solicitaba, entre otras peticiones, que se declarase nulo el acuerdo adoptado en una junta de la comunidad celebrada en octubre de 2019, por el cual se fijaba una retribución de 5 euros mensuales en favor del presidente, sin que dicho punto estuviera fijado en el orden del día.
El punto tercero del orden del día de dicha junta de la comunidad establecía la “elección de cargos y nombramiento de administrador”, con el fin de prorrogar los cargos del año anterior, o elegir nuevos, así como designar otros cargos distintos. Sin embargo, en ese punto del orden del día, y para sorpresa de los vecinos, además de prorrogarse los cargos se fijó ex novo una retribución económica a favor del presidente.
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