Connect with us
Jurisprudencia

Para presentar un recurso para la unificación de la doctrina debe haber una contradicción

Tiempo de lectura: < 1 min

Publicado




Jurisprudencia

Para presentar un recurso para la unificación de la doctrina debe haber una contradicción



 

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo analiza si puede unificar la doctrina con respecto a la la existencia o no del derecho del trabajador demandante a percibir el plus de penosidad, toxicidad y peligrosidad recogido en el Convenio Colectivo del Personal Laboral al servicio de la Junta de Andalucía.



La sentencia que fue dictada por el TSJ de Andalucía admitía un informe de la Unidad Administrativa. En el mismo, se declaraba que había cierto riesgo por accidente en trabajos en la calzada. En este caso, el actor solicitante trabaja como oficial de 1ª de oficios en el taller de carreteras, realizando trabajos como «reparación de toda clase de vehículos en talleres, reparación de maquinaria y camiones en la calzada, y regulación de tráfico cuando se avería algún vehículo en carretera». Por el contrario, se produce la suspensión de dicho incremento económico al entender que la normativa presupuestaria estatal y la normativa autonómica no permiten «autorizar propuestas que se traducen en incrementos de gastos en materia de personal». Por ello, el actor no tuvo dicha percepción económica, siendo demandante y recurrente en este caso.

El actor presenta dos demandas, por un lado, la desestimada; y por otro lado, una por el que se estima que un oficial de oficios de 2ª en el Departamento de Sanidad Animal por el  que hay contacto con animales.

La Sala estima que para llevar a cabo un recurso para la unificación de la doctrina debe existir una contradicción y la aparición de diferencias relevantes como la ausencia de reclamación ante la Comisión.



Puede leer el texto completo de la sentencia www.globaleconomistjurist.com Marginal: 70853512

Click para comentar

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *