Protección de datos
Protección de datos
No cabe la denuncia a una Procuradora de los Tribunales por obtener un testimonio de actuaciones judiciales y presentarlo en un proceso en el que actuaba como demandante
Audiencia Nacional Sala Contencioso – 13/05/2014
Se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra resolución del Director de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se acuerda no iniciar procedimiento sancionador.
La Sala declara que la presentación por la Procuradora denunciada de la documentación judicial así obtenida ante un órgano judicial en el seno de un juicio ordinario en el que intervenía como parte demandante, en ejercicio de su legítimo derecho de defensa, se encuentra exonerada de la necesidad de consentimiento del titular de los datos personales obrantes en dicha documentación, tal y como prevé el artículo 11.2 de la LOPD, que exime de la necesidad de consentimiento del titular de los datos personales, su comunicación a los Jueces o Tribunales, en el ejercicio de las funciones que tienen atribuidas.
Tal previsión legal constituye uno de los límites del derecho de protección de datos, que presupone la prevalencia del derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva sobre aquel otro derecho constitucional, con el que entra en este caso en conflicto, en la ponderación que de tales derechos fundamentales hace el propio legislador, y habilita el legítimo destino que la denunciada dio al testimonio de actuaciones judiciales obtenido, presentándolo como prueba documental ante en el Juzgado de Primera Instancia, en el seno de juicio ordinario sobre deslinde, seguido a instancias de dicha Procuradora en nombre y representación de los demandantes.
Puede leer el texto completo de la sentencia en www.bdifusion.es Marginal: 2454635
...