Rechazan aplicar la excusa absolutoria por parentesco en el delito de administración desleal al encontrarse la pareja en coma cuando ocurrieron los hechos
El Tribunal Supremo falla que en el abuso de la vulnerabilidad de una víctima, al padecer una discapacidad, no debe tomarse en consideración el concepto de permanencia
(Imagen: E&J)
Rechazan aplicar la excusa absolutoria por parentesco en el delito de administración desleal al encontrarse la pareja en coma cuando ocurrieron los hechos
El Tribunal Supremo falla que en el abuso de la vulnerabilidad de una víctima, al padecer una discapacidad, no debe tomarse en consideración el concepto de permanencia
(Imagen: E&J)
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo falla que en el delito de administración desleal no puede aplicar al acusado la excusa absolutoria por parentesco, establecida del artículo 268 del Código Penal, cuando la pareja de éste se encontrara en sedada y en coma en el momento en el que se cometió el delito.
Pues a pesar de que exista una relación sentimental establece entre el acusado y la víctima, asimilable a la matrimonial, si concurre el abuso de la vulnerabilidad de la víctima por encontrarse en situación de discapacidad cuando ocurrieron los hechos, no se puede aplicar la excusa absolutoria.
El Supremo razona que la aplicación de la excusa absolutoria, exigida en el artículo 25 del Código Penal, no deriva de la vulnerabilidad, sino del abuso de la vulnerabilidad, tal y como exige el artículo 268 de la misma norma.
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