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Derecho Laboral

Recibir mensajes de ánimo de la empresa ante una indisposición no significa que esté tolerando el absentismo

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha ratificado la procedencia del despido disciplinario de un trabajador que faltó en 19 ocasiones a su puesto, sin preaviso y de forma injustificada

(Foto: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 3 min



Derecho Laboral

Recibir mensajes de ánimo de la empresa ante una indisposición no significa que esté tolerando el absentismo

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha ratificado la procedencia del despido disciplinario de un trabajador que faltó en 19 ocasiones a su puesto, sin preaviso y de forma injustificada

(Foto: E&J)



Los trabajadores no están exonerados de justificar la inasistencia al puesto laboral por enfermedad o indisposición por el simple hecho de que el encargado le desee una pronta mejoría. Así ha fallado recientemente el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Baleares, ratificando la procedencia del despido disciplinario que impuso una empresa a uno de sus empleados por faltar al trabajo 19 días sin previo aviso y de manera injustificada.

La Sala razona que, el hecho de que el encargado, en respuesta a algunos de sus mensajes que le envió el trabajador por WhatsApp comunicando su inasistencia, le animara o le deseara una pronta mejoría, no significa que éste tolerase o estuviera de acuerdo con dichas faltas al trabajo, y por ende, esos mensajes tampoco eximían al empleado de justificar su causa.



En el presente caso, el actor prestaba servicios como conductor para la empleadora, una empresa de recogida de residuos industriales, hasta que la entidad le remitió carta de extinción de su contrato por despido disciplinario ya que durante un periodo de seis meses, el actor había faltado al trabajo, no preavisando y de forma injustificada, un total de 19 días. La empresa consideró que estos hechos constituían faltas muy graves de abuso de confianza y de lo que denota una absoluta desidia y despreocupación en el cumplimiento de sus obligaciones laborales.

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