Sancionada una empresa con más de 105.000 euros por no abonar las cuotas de la Seguridad Social
La Audiencia Nacional dicta que el impago de los clientes a la mercantil no constituye una situación de “fuerza mayor”, por lo que la conducta deudora de la empresa no está justificada
(Imagen: E&J)
Sancionada una empresa con más de 105.000 euros por no abonar las cuotas de la Seguridad Social
La Audiencia Nacional dicta que el impago de los clientes a la mercantil no constituye una situación de “fuerza mayor”, por lo que la conducta deudora de la empresa no está justificada
(Imagen: E&J)
El supuesto de fuerza mayor, y por ende, situación extraordinaria, hace referencia a aquellos acontecimientos externos al círculo de la empresa e inevitables para la mercantil que la imposibilita hacer frente a las cuotas de la Tesorería General de la Seguridad Social, por lo que el impago de los clientes no supone que la empresa se encuentre en una situación de fuerza mayor.
Así ha fallado la Audiencia Nacional en una sentencia dictada el pasado 18 de enero, condenando a una mercantil a asumir una multa de 105.800 euros por haber dejado de ingresar las cotizaciones correspondientes a la Seguridad Social.
La mercantil multada justificaba su deuda de más de 132.000 euros contraída con la Administración en “la progresiva situación de impagos de clientes”, lo que a su entender constituía una situación de fuerza mayor que justificaba su conducta deudora. Sin embargo, la Audiencia Nacional ha rechazado el motivo de impago alegado por la empresa, calificando su conducta como una infracción grave en materia de Seguridad Social.
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