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Jurisprudencia

Santander devolverá 60.000€ a una señora de 83 años, a su hija y yerno, al contratar sus «valores»

El Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Cádiz ha condenado a la entidad bancaria a indemnizar a estos tres clientes que contrataron Valores Santander en el 2007.

(Foto: Asufin)

Tiempo de lectura: 3 min



Jurisprudencia

Santander devolverá 60.000€ a una señora de 83 años, a su hija y yerno, al contratar sus «valores»

El Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Cádiz ha condenado a la entidad bancaria a indemnizar a estos tres clientes que contrataron Valores Santander en el 2007.

(Foto: Asufin)



Banco Santander deberá pagar una indemnización que asciende a 65.000 € a tres clientes que contrataron Valores Santander en el 2007, después que el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Cádiz, haya condenado a la entidad bancaria con intereses y costas del procedimiento.

El fallo del Tribunal concreta que condena a la parte demandada a “abonar la suma de 65.000 €. Y puntualiza que del importe habrá de «deducirse los rendimientos obtenidos por la actora» , estos son, tanto los cupones de los Valores como los rendimientos de las Acciones canjeadas, como deducirle también el importe de la venta de las Acciones en Bolsa,ya que las Acciones fueron vendidas en Bolsa, lo que materializó el perjuicio.



Además, la sentencia ya no puede ser recurrida en apelación por la entidad bancaria, dentro del plazo establecido, siendo firme por haber dejado transcurrir 20 días hábiles sin apelarla.

Juzgados de Cádiz (Foto: EP)

La defensa letrada del caso la ostentó Jose Luis Ortiz Miranda, socio director del despacho que lleva su apellido, quien sostiene que estos productos bancarios se vendieron indiscriminadamente a todo tipo de clientela: «El 70% se comercializó entre minoristas clientes del propio Banco, personas normalmente mayores, a las que se les engañó diciéndoles que el producto era seguro, ocultando su gran riesgo y complejidad». Todos, los 130.000 inversores que invirtieron en Valores Santander en el 2007 han perdido sin excepción.



Además, las oficinas del Banco obtenían un 8% por el total que vendían de este producto, con lo que sus empleados dejaron de comercializar otros productos, priorizando la comercialización de Valores Santander, siendo este un producto de campaña, ya que la emisión iba destinada a la adquisición por OPA del Banco Holandés de Inversiones ABN AMRO, y tan solo disponían de 20 días para su venta, hasta el 4/10/2007. Según explica Ortiz Miranda: «Es por lo que se aprestaron a llamar a todo el mundo por teléfono para que se pasaran por la oficina donde se les vendía la moto de las excelencias del producto. Y de esta forma consiguieron cubrir los 7 mil millones de euros que hacían falta para suscribir con éxito la OPA sobre el Banco Holandés, OPA que el Santander hizo conjuntamente con FORTIS y ROYAL BANK OF SCOTLAND».

Que el producto era toxico no era objeto de duda. Prueba de ello es que el propio regulador del mercado financiero, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), ya impuso sanciones por valor de 16.900.000 € a la entidad bancaria en el 2018. Además, el Tribunal Supremo emitió una sentencia de fecha 17/06/2017, en la que decía apuntaba a la toxicidad del producto, no apto para minoristas.

«La Comisión Nacional del Mercado de Valores, ya impuso sanciones por valor de 16.900.000 € a la entidad bancaria en el 2018» (Foto: CNMV)

Ambas instituciones consideraron que el Banco Santander no tenia en cuenta “en absoluto” el perfil de los compradores y tampoco el grave conflicto de interés con el cliente al venderle este producto que solo beneficiaba al Banco Santander. De hecho, el 4/10/2012 cuando se produce de forma masiva en toda España la conversión de los Valores en Acciones del Banco Santander, todo el mundo perdió de golpe el 60% del capital invertido por los 130.000 clientes que fueron engañados.

Así, como hito reciente, el pasado año, la Audiencia Provincial de Cantabria obligó a devolver a tres clientes de la entidad 660.000 € comercializado con este producto. También en el mes de abril de 2022, un Juzgado de Primera Instancia de Valencia condenó a Santander a indemnizar en 1 millón de euros a un cliente que contrató sus Valores en 2007.

También la propia Audiencia Provincial de Cádiz, reconoció recientemente en una sentencia que la entidad incumplió su deber de información en la comercialización de este producto a unos clientes y, por ello, le impuso una indemnización por daños y perjuicios de 20.000 €.

La condena se suma, como pasó en su día con las Preferentes a la avalancha de sentencias que, desde hace años condenan a la importante entidad financiera, en este caso por la comercialización de los Valores Santander.

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