Se extingue la pensión alimenticia de los hijos cuando dejan de ser dependientes de los padres
Se extingue la pensión alimenticia de los hijos cuando dejan de ser dependientes de los padres
La pensión de alimentos es un punto incluido en el convenio regulador tras un proceso de separación entre un matrimonio con hijos. Cuando los hijos llegan a ser mayores de edad, la situación alimenticia puede variar, llegando a extinguirse si los hijos son independientes (que tengan ingresos propios o que ya no convivan en el domicilio familiar).
En el momento que cambian las circunstancias económicas puede interponerse una demanda para modificar dicho convenio regulador, para evitar un abuso de derecho o enriquecimiento injusto por una de las partes. En este caso, ambos hijos del matrimonio separado trabajaban en las fuerzas armadas, por lo que el juzgado estimó el padre-demandante quien se encargaba de pagar dichas pensiones. Y como quedaron extinguidas ambas pensiones, la madre deja de ser parte legitimada.
Otro punto de esta sentencias es la retroacción de los efectos. En este aspecto, la jurisprudencia es clara: hay un «efecto no retroactivo de la modificación de alimentos»; esto es que sólo la primera resolución retrotrae los efectos a la interposición de la demanda. En caso de haber siguientes modificaciones de dicha pensión fijada en la resolución, se acude a la sentencia pero no a la demanda.
Puede leer el texto completo de la sentencia https://www.economistjurist.es/home/ Marginal: 70914812