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Jurisprudencia

Se mantiene la categoría de familia numerosa aunque uno de los hijos cumpla 25 años

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Jurisprudencia

Se mantiene la categoría de familia numerosa aunque uno de los hijos cumpla 25 años



La familia numerosa mantendrá tal consideración aunque el numero de hijos que cumplen las condiciones requeridas sea inferior a tres, mientras uno de ellos reúna las condiciones del articulo 3 de la Ley de Protección de familias numerosas.

En el presente caso, la parte recurrente, solicitaba que se le otorgara la posibilidad de mantener la categoría especial de familia numerosa, pese a que uno de los hijos ha alcanzado la edad limite de 25 años.



En una reciente sentencia, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, permite esta posibilidad al concluir que aunque el número de hijos que cumplen las condiciones para formar parte de la categoría de familia numerosa sea inferior al establecido en el artículo 2 de la Ley 40/2003, mientras al menos uno de ellos reúna las condiciones previstas en el artículo 3 de dicha ley, se conserva la categoría hasta entonces acreditada, en tanto en cuanto,  el título se refiere por igual a la condición como a la categoría de la familia numerosa.

Asimismo, se establece que pese a que el titulo de familia numerosa deberá renovarse o dejarse sin efecto cuando varié el numero de miembros de la unidad familiar, o las condiciones que dieron motivo a la expedición del titulo, este seguirá en vigor, siempre y cuando al menos uno de ellos reúna las condiciones del articulo 3 de la Ley de protección de familia numerosa.

No obstante, se precisa que el titulo mencionado, únicamente se considerará vigente respecto a los miembros de la unidad familiar que sigan cumpliendo con las condiciones para formar parte del mismo, no siendo de aplicación a los hijos que han dejado de cumplirlas.



 

Puede consultar el texto completo de la sentencia en www.casosreales.es Marginal nº 70347528