Separar a niños y niñas en aulas diferentes no es discriminatorio
Separar a niños y niñas en aulas diferentes no es discriminatorio
No vulnera el principio de igualdad separar a niños y niñas en en los colegios en aulas diferentes.
El Alto Tribunal establece, en una reciente sentencia, que no vulnera el principio de igualdad separar a niños y niñas en los colegios en aulas diferentes.
En relación al caso enjuiciado, el Tribunal Supremo, ha determinado que son compatibles los sistemas de educación diferenciada por sexos con el principio de igualdad, y su constitucionalidad en aplicación del marco normativo previo a la LOE, no genera dudas, habida cuenta de la exigencia impuesta para los centros que impartan enseñanzas bajo este sistema de que garanticen el pleno respeto a las exigencias derivadas de la normativa.
En este sentido, para que no sea discriminatorio los colegios que opten por este sistema, deberán exponer en su proyecto educativo las razones de la elección de dicho sistema, además de las medidas académicas que desarrollan para favorecer la igualdad.
Así pues, la prohibición de discriminación por razón de sexo ha quedado superada tras la reforma del artículo 84.3 de la LOMCE que establece que la educación diferenciada por sexos no es un supuesto de exclusión del régimen de conciertos educativos, ni implica una discriminación por razón del sexo .
Puede leer el texto completo de la sentencia en www.casosreales.com Marginal 70380334