Un alcalde es condenado por otorgar licencias en terreno no urbanizable
Un alcalde es condenado por otorgar licencias en terreno no urbanizable
En una reciente sentencia, el Tribunal Supremo, ha condenado a un alcalde por un delito continuado contra la ordenación del territorio, en su modalidad de prevaricación, en relación con la concesión de 18 licencias para construir viviendas residenciales o naves en terreno no urbanizable.
En el presente caso, lo construido no sólo estaba en suelo no urbanizable sino que, además, se había realizado una obra que no se correspondía con lo solicitado, obviándose todos los controles existentes sobre la legalidad urbanística, sin registrarse el informe del arquitecto y sin que el promotor comunicase ni el comienzo ni el inicio de las obras.
A mayor abundamiento, el consistorio no realizó control alguno, limitándose a dar la autorización que como pretexto se solicitaba, y que ocultaba en la mayoría de los casos una vivienda residencial o un almacén que excedía del volumen para el que había sido solicitado.
Vistos los hechos, el Alto Tribuna entiende que el alcalde sabía que estaba concediendo licencias contrarias a las normas urbanísticas vigentes, e incluso que sugería a algunos de los interesados que solicitaran licencia de obras porque sería concedida.
En consecuencia, no estamos ante un mero incumplimiento de algún requisito administrativo que pudiera dar lugar a un defecto en los expedientes, sino a una acción coordinada de vulnerar la normativa urbanística vigente.
Puede leer el texto completo de la sentencia en www.casosreales.com Marginal: 70401043