Un autónomo puede tributar a través de una empresa
Un autónomo puede tributar a través de una empresa
Tribunal Superior de Justicia de Murcia. Sala de lo Contencioso – 26/01/2015
Es «legal y lícita» la utilización de sociedades para facturar los servicios profesionales de personas físicas, de manera que un profesional, actuando por cuenta propia, puede constituir una sociedad mercantil y tributar por el Impuesto sobre Sociedades y no por IRPF, y no soportar la retención, con el correspondiente ahorro fiscal.
Y es que, Hacienda no puede basarse, para apreciar que existe una simulación negocial dirigida a obtener un beneficio fiscal indebido en el hecho de que, concurriendo varias normas tributarias, el contribuyente se ampare en la más favorable y evite la más onerosa.
Así lo defiende el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia, en la sentencia de 26 de enero de 2015, en la que resuelve un caso de creación por parte de unos profesionales de una sociedad a través de la cual canalizan los servicios que prestan a sus clientes, con el objetivo de que sea la sociedad -y no los profesionales- quienes los facturen.
Puede leer el texto completo de la Sentencia en www.ksp.es Marginal 69276624