Connect with us
Jurisprudencia

Una Juez da la razón al vecino que prohibió a otro pasar por su finca como era costumbre

Al no estar ni registrado ni reconocido, el camino conflictivo en modo alguno constituía una vía pecuaria

(Foto: Pixabay)

Tiempo de lectura: 3 min



Jurisprudencia

Una Juez da la razón al vecino que prohibió a otro pasar por su finca como era costumbre

Al no estar ni registrado ni reconocido, el camino conflictivo en modo alguno constituía una vía pecuaria

(Foto: Pixabay)



Un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Chiclana de la Frontera (Cádiz), a través de su sentencia de 7 de diciembre de 2021, ha desestimado la demanda de un propietario de una finca que, tras adquirir una parcela, observó como su vecino le prohibió el paso por un lindero interior de su finca, pese a ser el camino habitual por el que los antiguos propietarios accedían habitualmente a sus terrenos.

El demandado, con la intención de impedir el paso, puso un candado en una de las puertas por las que discurría el lindero interior de su finca y con una retroexcavadora colocó una montaña de tierra en medio del camino.



Ponemos en contexto

Un propietario (A), tratándose de un favor entre vecinos, acordó dejar pasar por el lindero de su finca a otros propietarios (B) de unas fincas colindantes con los que tenía muy buena relación.

Tras el paso de los años, estos últimos sujetos decidieron vender su finca a un tercero (C). Fruto de lo anterior, el propietario (A) decidió colocar un candado en su finca y volcar un camión de tierra en el caminó común que discurre a lo largo de los linderos de ambas fincas.



«No consta reconocido un derecho real de servidumbre de paso sobre el camino privado». (Foto: Economist & Jurist)



Así, el nuevo propietario (C) ya no podría pasar por el mismo sitio por el que transcurrían los vendedores de su finca.

Consecuencia inmediata de todo lo anterior, el nuevo propietario (C) formula una demanda de juicio verbal de tutela sumaria de la posesión tendente a recobrar la posesión de parte de las fincas.

¿Fue ajustada a Derecho la actuación del propietario (A)?

En opinión de la Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Chiclana de la Frontera, la acción ejercitada por la actora no puede prosperar.

Entrando en el fondo del litigio, el reciente fallo alerta que, partiendo de la información registral y catastral, la polémica vía pecuaria “no se rencuentra registrada” y, por consiguiente, “aunque pudo tratarse un camino privado a modo de buena vecindad, en ningún caso el mismo supone reconocer de derecho una vía pecuaria y con ello el derecho a recobrar o retener la posesión del mismo”.

Interpreta la Juzgadora que la cuestión elemental sería dilucidar más bien el reconocimiento “no ya de una posesión de aquello que no se detenta al no ostentar ningún derecho reconocido, sino más bien si concurre una acción de servidumbre de paso”.

En la misma línea, una vez acreditado que el conflictivo camino en modo alguno constituye una vía pecuaria, al no estar registrado ni reconocido, el Juzgado avisa que “no puede reconocerse el derecho a recobrar la posesión de aquél que no detenta un derecho sobre la misma, al no constar reconocido un derecho real de servidumbre de paso sobre el camino privado que discurre desde la finca del demandado a la de los demandantes”. Además, por si no fuese suficiente, el Juez matiza que, si dicha colada fuese una vía pecuaria, según nuestra legislación, la misma tendría naturaleza pública, “constituyendo un bien de dominio público y bien es sabido que los bienes de dicha naturaleza no se pueden poseer”.

En definitiva, como la parte actora no ha acreditado los hechos constitutivos de su pretensión, correspondiendo a esta, en virtud del art. 217 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la carga de la prueba, el Juzgado de Chiclana de la Frontera desestima íntegramente la demanda interpuesta e impone el pago de las costas procesales a la parte actora al haber visto rechazadas todas sus pretensiones.

La dirección Letrada del caso ha sido asumida por el Bufete Ortiz Abogados, de Cádiz.

El abogado gaditano José Luis Ortiz, en la azotea del edificio Trocadero, donde se ubica su bufete. (Foto: Lourdes de Vicente/Diario de Cádiz).

Click para comentar

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Última hora jurídica



Recibe nuestra newsletter de forma gratuita